¿Qué hacer en caso de sufrir un accidente automovilístico?

Conoce en este artículo cuáles son los pasos que deberías seguir en el caso de sufrir un accidente automovilístico.

1.- Realizar una denuncia ante la autoridad competente (en los casos que la póliza lo exija) y siempre realizar dicha denuncia en el caso de encontrarse frente a un delito.

2.- Realizar la denuncia preventiva a la compañía aseguradora, independientemente si fuese la parte responsable o no, esto con el objetivo de dar aviso a la compañía. Es importante revisar el plazo para realizar el denuncio el cual se encuentra establecido en la póliza contratada.

3.- Seguir los pasos señalados por su compañía. Junto con esto, es importante considerar que no es necesario ingresar el vehículo al taller para realizar el denuncio a la compañía respectiva.

 

Ahora bien,

¿Qué sucede si la compañía aseguradora se niega injustificadamente a otorgar cobertura? ¿tengo derecho a reclamar?, y especialmente, ¿dónde puedo reclamar?

  1. – Como primer paso, debe ejercer su derecho a impugnación. La forma de realizar la impugnación es durante el proceso en que se notifique el informe de liquidación, por las vías establecidas para ello, y el plazo son 10 días desde que se notifica el informe de liquidación. Para responder, la compañía de seguros tiene un plazo de 6 días contados desde la recepción de la impugnación.

 

  1. – El segundo paso es hacer la reclamación correspondiente ante el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC.

El reclamo ante el SERNAC tiene dos ventajas:

Primero, es útil como una constancia previa y como fundamento en caso de que quiera iniciar una acción judicial.

Segundo, permite suspender el plazo de dos años que se tiene para demandar a las empresas mencionadas.

De todas formas, se advierte que en Chile, el SERNAC es un servicio que no tiene facultades para sancionar directamente a las empresas, por lo que en caso de infracciones a sus derechos como consumidor, la persona afectada debe por sí misma interponer una denuncia o demanda ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

 

  1. – Realizar un reclamo ante el Defensor del Asegurado, en el DdA.

El DEFENSOR DEL ASEGURADO (DdA), es una institución privada, autónoma e independiente, cuyo objetivo es resolver los eventuales conflictos o problemas que pudieran surgir para los asegurados, en relación con los contratos de seguro o la prestación de servicios que ellos hayan convenido con alguna de las compañías del mercado asegurador. El servicio que presta esta entidad es completamente gratuito (más detalles aquí).

Estas solicitudes deberán presentarse al Defensor del Asegurado (DdA), preferiblemente una vez que el asegurado haya impugnado el informe de liquidación y obtenido la respuesta a dicho trámite.

Finalmente, no es competente el DdA para conocer materias que se encuentren en trámite ante la Comisión para el Mercado Financiero, o alguna autoridad judicial o arbitral y/o cuestiones que hayan sido conocidas o resueltas por la Comisión para el Mercado Financiero o alguna autoridad judicial o arbitral.

  1. – Realizar un reclamo ante la Comisión de Mercado Financiero, CMF, que es el organismo público que supervisa a los bancos e instituciones financieras.

 

Para finalizar,

¿Dónde puedo encontrar los derechos que tengo como asegurado?

 

1)            En el artículo 524 del Código de Comercio.

2)            En la póliza contratada.

3)            En los condicionados adicionales contratados en la póliza.

 

Para conocer el condicionado adicional aplicable para su caso, puede revisar el siguiente link:

https://www.cmfchile.cl/institucional/mercados/deposito_polizas.php?mercado=S

Por último, siempre que contrate un seguro, ya sea automovilístico o de otra índole, debe guardar la propuesta y la póliza.

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